4.2-017 Declaración de domicilio fiscal o cambio del mismo

En las declaraciones formuladas en representación de obligados tributarios, deberá adjuntarse acreditación.

El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con el Ayuntamiento.

El incumplimiento de la obligación de comunicar el domicilio fiscal o el cambio del mismo constituirá una infracción tributaria leve sancionada con una multa pecuniaria fija de 100,00 € de conformidad con el artículo 198.5 de la LGT. El Tribunal Supremo (STS 09/10/01) ha señalado que el Padrón de Habitantes y el Registro a efectos tributarios de domicilios fiscales son registros administrativos independientes, de modo que el cambio de domicilio efectuado en el Padrón de Habitantes NO supone un cambio del domicilio fiscal, ni tampoco sustituye la obligación de declaración establecida en el artículo 48.3 LGT.

Tramitación Electrónica:
Para la tramitación electrónica de los Trámites Municipales a través de nuestra sede electrónica se RECOMIENDA proceder de la siguiente forma:

1.- Descargar y cumplimentar el Formulario: Después de localizar el trámite en cuestión, el interesado deberá descargar el formulario disponible y cumplimentará todos los datos que en el mismo se solicitan.

2.- Guardar el Formulario en el ordenador personal: Una vez cumplimentado el formulario, el interesado deberá guardar el formulario completo en su propio equipo.

3.- Adjuntar el Formulario cumplimentado en el Registro Electrónico del Ayuntamiento donde será firmado electrónicamente mediante Certificado Electrónico

.Departamento: Economía y Hacienda – Tesorería

Pdfs trámite: 

4.2-017_declaracion_de_domicilio_fiscal.pdf