3.5-029 LICENCIAS DE PARCELACIÓN

Verificar si las segregaciones, divisiones y parcelaciones de terreno que se pretenden son conformes con el planeamiento urbanístico y/o con la legislación sectorial (agraria etc.)


Código trámite: 3.3.1-020
Dónde solicitar trámite: REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO
Documentación necesaria trámite:

La señalada en el artº 5.14 del Título V. Cap. V del PGOU y que es:

a: Instancia.

b: Plano de la finca matriz, con todas las cotas perimetrales, y las diagonales necesarias para triangular la planta y definirla en porciones cuyo perímetro sea invariable. En caso de existir edificaciones, cotas, superficies y exacto emplazamiento de las mismas con cálculo de su edificabilidad obtenida según las determinaciones del Art. 1.9 del Título 4 de estas Ordenanzas. Escala mínima 1:200, se admitirán escalas menores, en el caso de parcelas mayores de 10.000 m2. o que por su forma y superficie den lugar a planos de difícil elaboración y manejo.

c: Plano de las parcelas resultantes de la segregación solicitada, igualmente con todas las cotas perimetrales y diagonales necesarias para poder definir las superficies resultantes sin posibles errores. De existir edificaciones, deberán acotarse las distancias o situación exacta con respecto a los linderos resultantes de la segregación y justificar el índice de edificabilidad resultante para la parcela o parcelas que engloben las construcciones, que deberá en todos los casos ser inferior o igual al máximo permitido para el uso pormenorizado correspondiente.

d: Los planos irán firmados por el redactor de los mismos y en todo caso por el solicitante de la licencia.

e: Se aportará ficha o certificado del Centro de Gestión catastral correspondiente a la finca matriz cuya segregación se solicite.

f.- Autoliquidación de la Tasa por Servicios Urbanísticos.


Plazos trámite: 3 Meses (sin perjuicio de la interrupción de los plazos en los supuestos a que se hace referencia en el artº 99.2 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León).
Normativas trámite:

 Normas y Ordenanzas del Plan General de Ordenación Urbana de Laguna de Duero.
 Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León
 Decreto 22/2004, de 29 de enero, Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
 Reglamento de Servicios de las Entidades Locales.
 Ordenanza Tasa Servicios UrbanísticosDepartamento: Urbanismo